¿Qué
es la figura del consejero de Seguridad?
Es
persona encargada de contribuir
a la prevención de
los riesgos
para las personas, los bienes o el medio ambiente
inherentes a las operaciones de
carga,
transporte y descarga de mercancías peligrosas
(ADR).
Deben de tener una formación
y cualificación específica
y con titulación expedida
por el Ministerio o Consellería de transportes.
Esta figura es diferente al
técnico de prevención
de riesgo Laboral.
Los consejeros pueden ser de la propia empresa
o externos mediante una relación contractual.
¿Qué obligaciones tienen
las empresas?
Las empresas que sean responsables
de las operaciones de carga, transporte
y descarga de las mercancías
peligrosas: explosivos, gases tóxicos,
asfixiantes, inflamables, líquidos, y
sólidos inflamables, sustancias comburentes,
infecciosas, tóxicas, corrosivas y materias
que dañan el medio ambiente, deberán
designar y notificar a la administración
la identidad de sus consejeros
y las áreas de gestión que tienen
encomendadas.
Las empresas deberán remitir a
la administración en Informe
Anual de dichas actividades durante
el primer trimestre, velar por la formación
de los trabajadores y aplicar
las normas ADR.
Reglamentación aplicable
- R. Decreto 1566/1999 sobre la figura del
consejero de seguridad.
- Ley 29/2003 sobre mejora de condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera
- ADR: Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.